Tras
la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la cual se reconocía el derecho de cobrar
indemnización a una trabajadora, que había finalizado un contrato de
interinidad, se ha producido un terremoto mediático con intereses muy
diferentes.
En
principio, para los sindicatos, y concretamente desde UGT, valoramos positivamente,
el hecho de que a la finalización de cualquier contrato, se indemnice al
trabajador. Que esta indemnización sea equiparable a la de un trabajador fijo,
por un despido objetivo, ya es más discutible. ¿Por qué no a la que corresponde
por un despido improcedente? Habría que estudiar cada caso. Evidente. Pero como
decía, no es de recibo, que un trabajador sea cual sea, su tipo de contrato, no
perciba indemnización a la finalización, o rescisión, del mismo.
El
gran problema que se puede generar, y que algunos partidos ya empiezan a
apuntar, es que se quiera igualar la indemnización, independientemente del tipo
de contrato y de la situación laboral del trabajador, a la que corresponde por
despido objetivo, o sea, 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades. ¿Les
suena el “contrato único”, o como lo llaman ahora “estable”? Sí, ese que
planteó Ciudadanos, como panacea, y que entre otras cosas, igualaba las
indemnizaciones por abajo, como tope, y partiendo de una base igual o inferior
de la actual. Y sin entrar en el tema de autopagarse el trabajador parte de la
indemnización por despido. Para que lo tengamos claro, ya se daba por hecho que
nos iban a despedir.
Volviendo
al tema de la indemnización por despido. Actualmente, cualquier trabajador que
sea despedido por causas objetivas, debe percibir una indemnización de 20 días
por año. Si el despido es improcedente, son 33 días por año. Teniendo en
cuenta, que si su antigüedad es anterior al 12 de febrero del 2012, hasta esa
fecha, se computan 45 días por año. Este es un hecho, que a muchísimos
trabajadores afectados, no se les ha aplicado, con el consiguiente perjuicio
económico que esto les supone. Bien, pues todo esto, pretenden que se quede en
los 20 días, para todos con el fin de igualar las indemnizaciones,
independientemente del tipo de contrato, y situación del trabajador (fijo o
temporal). Eso sí, el trabajador de reciente contratación, empezaría de una
cantidad inferior, porque, como hemos dicho 20 días sería el tope.
Lo
verdaderamente lamentable, es que ante el gran problema de empleo, por su
precariedad, tanto en la temporalidad como en las condiciones, lo que parece más
importante en algunos sectores de la sociedad, civil y empresarial, es el coste
del despido de los trabajadores. Parece, que cuando se está contratando a
alguien, se está pensando en ¿cuánto me costará echarlo? No nos debe extrañar,
porque de hecho ya se produce, que pasado el tiempo máximo del contrato
temporal se rescinda éste, con objeto de no hacerlo indefinido. Cuando realmente
el trabajador ya está formado, y puede ser productivo, se busca otro. Política
empresarial. Yo lo llamaría de otra manera.
Es
necesario sentarse las partes implicadas, empresarios y sindicatos, con los
representantes políticos, con objeto de modificar las condiciones del mercado
de trabajo, ya que muchas de ellas han quedado obsoletas. Modificar, no quiere
decir empeorar, sino buscar fórmulas para conseguir estabilidad y condiciones de trabajo dignas
para todos los trabajadores, para conseguir, entre otras cosas, erradicar la
pobreza laboral que existe en nuestro país, con millones de trabajadores que
con su sueldo no llegan a cubrir sus necesidades básicas. Hay que subir el
Salario Mínimo Interprofesional como mínimo a los 900€. Hay que incrementar las
pensiones recuperando lo que se ha perdido en los últimos años con el
incremento del 0.25% (ridículo), al que muchos pensionistas hubieran renunciado
porque les parece denigrante. Hay que subir los salarios después de la recesión
que han sufrido éstos en los últimos años. Hay que mejorar las prestaciones
sociales para todos aquellos que no se hayan podido incorporar, o reincorporar,
al mercado de trabajo, con objeto de garantizar una cobertura mínima digna.
Esto,
es lo que desde la UGT queremos hablar, y no de reducir cualquier tipo de
prestación a la que tengan derecho los trabajadores.
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